El 1 de enero de 2019 entrará en vigor el nuevo sistema de llevanza de libros registro del IGIC basado en el Suministro Inmediato de Información (SII), mediante el cual, los empresarios y profesionales podrán enviar el detalle de sus registros de facturación de forma inmediata a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.

 

Dicha obligatoridad viene recogida en el Proyecto de Decreto por el que el que modifica el Reglamento gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (páginas 16 y 17), por el que se añade un apartado 5 al artículo 49 del citado Reglamento.

 

http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/portal/estatico/info_tributaria/legislacion/pdf/PROYECTO_DE_DECRETO_Modif_D2682011.pdf

Será el nuevo sistema de llevanza de los libros registro del IGIC que simplificará y agilizará los trámites que deben realizar las empresas de las Islas Canarias a la hora de cumplir con sus obligaciones formales del impuesto.

El Suministro Inmediato de Información (SII), permitirá a las empresas cargar en tiempo real sus registros de facturación y es una forma de promover el pago del impuesto durante el periodo voluntario.

Este sistema lleva un año aplicándose a la gestión del IVA que realiza la AEAT, introducido en diferentes fases.

¿Para quién será Obligatorio?

  • Sujetos con periodo de liquidación mensual (aunque no tengan obligación de presentar autoliquidación periódica mensual)
  • Grandes empresas (V.O. año anterior > 6.010.121,04 €)
  • Grupos de entidades IGIC – REDEME

¿Qué plazos hay para los envíos?

A efectos del cómputo de plazos, se excluirán los sábados, domingos y festivos nacionales y de la CAC

PLAZOS DE ENVIO

Facturas expedidas:

  • Envío del registro de la facturación en un plazo de 4 días naturales desde la fecha de expedición de la factura.
  • Facturas expedidas por el destinatario o por un tercero: 8 días naturales
  • En todo caso, antes del 16 del mes siguiente al devengo
  • En el primer semestre 2019: 8 días naturales

Facturas recibidas:

  • Envío del registro de la facturación en un plazo de 4 días naturales desde la contabilización de la factura o del documento en el que conste las cuotas liquidadas por la importación
  • En todo caso, antes del 16 del mes siguiente a la deducibilidad
  • En el primer semestre 2019: 8 días naturales

 

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Enlace con web gobierno de canarias http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/portal/jsf/publico/inicio.jsp