Son las comunicaciones que determinadas administraciones públicas dirigen a los ciudadanos (figura físca o jurídica).
Es necesario disponer de una Dirección Electrónica Habilitada (DEH). Asociado a la misma, dispondrá de un buzón electrónico donde recibir todas las notificaciones correspondientes a los procedimientos a los que usted voluntariamente decida suscribirse, o de aquellos Organismos de los que usted obligatoriamente (por alguna disposición legal) deba recibir notificaciones por este medio.
Únicamente el titular o un autorizado de la Dirección Electrónica Habilitada podrán acceder a este buzón y al contenido de las notificaciones.
Una notificación puede encontrarse en los siguientes estados:
- Puesta a Disposición : cuando el destinatario ha recibido la notificación en su buzón y está disponible para su aceptación y lectura, o rechazo.
- Leído : si el destinatario ha accedido a la notificación y ha procedido a su descifrado y lectura correctamente.
- Rechazado : si el usuario ha decidido no leer esa notificación de forma expresa.
- Rechazado de forma automática : si ha transcurrido el plazo de 10 días naturales de validez de las notificaciones administrativas que establece la ley, sin que el ciudadano haya leído o rechazado la notificación.
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